rentcla
Volver al blog
4 min de lectura

Impuesto de no residentes por alquiler en España: modelo 210 (2026)

Qué paga un no residente por el alquiler en España: los tipos del 19% y el 24%, qué gastos se deducen y el cambio de plazo de 2026.

Si vives fuera de España y alquilas un inmueble español, no presentas la declaración de la renta de los residentes. Presentas el modelo 210, el Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR), y hay una diferencia que cuesta dinero de verdad: si puedes deducir gastos o no.

Todas las cifras de abajo, más fianza, duración mínima e índice de actualización, están recogidas con su fuente en la ficha de referencia de España.

¿Cuánto se paga por el alquiler en España siendo no residente?

Dos columnas, y en cuál caes depende solo de dónde tengas la residencia fiscal.

Residencia fiscal enTipoDeduce gastosTributa sobre
UE, Islandia, Noruega, Liechtenstein19%Ingresos menos gastos
Cualquier otro país — Reino Unido, EE. UU., Emiratos, Suiza, Hong Kong24%NoRenta bruta cobrada

Un propietario con residencia fiscal fuera de la UE y del EEE paga el 24% de la renta bruta obtenida en España en el modelo 210, sin deducir ni un gasto (2026). Dos cosas que se confunden a menudo: el Reino Unido salió de la primera columna con el Brexit y Suiza nunca estuvo en ella — no forma parte del EEE.

¿Qué gastos deduce un residente en la UE o el EEE?

Los ligados directamente a obtener la renta, prorrateados por los días que el inmueble estuvo efectivamente alquilado:

  • IBI, el impuesto municipal anual
  • Gastos de comunidad del edificio
  • Seguros del inmueble
  • Reparaciones y conservación — no las mejoras, que se amortizan
  • Amortización del inmueble
  • Intereses del préstamo hipotecario

¿Cuánta diferencia hay en la práctica?

El mismo piso, los mismos 12.000 € de renta, los mismos 4.000 € de gastos. La única variable es el país de residencia del propietario.

Residente UE o EEEResidente fuera de la UE
Renta cobrada12.000 €12.000 €
Gastos deducibles4.000 €0 €
Base imponible8.000 €12.000 €
Tipo19%24%
Cuota1.520 €2.880 €

El propietario extracomunitario paga 1.360 € más por los mismos ingresos: un 89% más de impuesto. Es el dato más caro de tener un alquiler en España desde fuera de la UE.

¿Cuándo se presenta el modelo 210?

Desde las rentas de 2024 ya no se presenta trimestralmente: los ingresos de un mismo inmueble se pueden agrupar en un solo modelo 210 anual. El plazo cambia para las rentas de 2026, y ahí es donde pilla a la gente.

Qué declarasAño de devengoPlazo
Alquiler, agrupación anual2024 y 2025del 1 al 20 de enero del año siguiente
Alquiler, agrupación anual2026 en adelantedel 1 al 20 de abril del año siguiente
Renta imputada, inmueble sin alquilarhasta 2025hasta el 31 de diciembre del año siguiente
Renta imputada, inmueble sin alquilar2026 en adelantedel 1 de abril al 31 de diciembre del año siguiente

Es decir: la renta cobrada en 2025 se declara en enero de 2026, y la de 2026 en abril de 2027.

¿Se paga algo si el piso estuvo vacío?

Sí. España imputa a los propietarios no residentes una renta por el inmueble que no ha producido alquiler: el 2% del valor catastral, o el 1,1% si ese valor se revisó en los últimos diez años, al mismo 19% o 24%. Un piso vacío también genera modelo 210.

Preguntas frecuentes

¿El modelo 210 se presenta cada trimestre o una vez al año?

Una vez al año para los alquileres devengados desde 2024. Los ingresos del mismo inmueble, con el mismo código de tipo de renta y el mismo tipo de gravamen, se agrupan en una única declaración anual en lugar de cuatro trimestrales.

Soy británico, ¿cambió algo con el Brexit?

Sí, y mucho. Los residentes en el Reino Unido pasaron del 19% sobre la renta neta al 24% sobre la bruta, y perdieron el derecho a deducir IBI, comunidad, seguro, reparaciones, amortización e intereses.

¿Pago aunque no lo haya alquilado este año?

Sí. Declaras la renta imputada: el 2% del valor catastral, o el 1,1% si se revisó en los últimos diez años.

¿Puedo aplicar la reducción del 60% por alquiler de vivienda habitual?

Esa reducción pertenece al impuesto de los residentes y no aparece en el régimen del modelo 210. Si te cambia los números, plantéaselo a un asesor fiscal español en vez de dar por hecha ninguna de las dos respuestas.

Información general, actualizada a septiembre de 2026 y basada en el calendario de presentación publicado por la Agencia Tributaria. No es asesoramiento fiscal: los tipos y los plazos cambian, y tu convenio de doble imposición puede alterar el resultado. Consulta con un asesor antes de presentar.

#fiscalidad#no residentes#propietarios
Escríbenos por WhatsApp