Alquiler de temporada: requisitos para que sea legal (y no se convierta en vivienda habitual)
El alquiler de temporada (art. 3.2 LAU) es un arrendamiento para un uso distinto de vivienda habitual: trabajo desplazado, un máster, una obra en la vivienda propia. Bien hecho da flexibilidad; mal hecho, un juez lo reconvierte en vivienda habitual con todas sus prórrogas.
La clave: la causa de temporalidad
No basta con titular el contrato "de temporada". Debe existir y quedar acreditada una causa concreta: contrato de trabajo temporal en la ciudad, matrícula del curso, tratamiento médico… Pide el documento y anéxalo al contrato. Sin causa real, la duración pactada no protege.
Qué cambia respecto a vivienda habitual
- Duración libre: la que pactéis, sin prórrogas obligatorias de la LAU.
- Fianza de dos mensualidades (en vivienda habitual es una).
- La renta y las garantías adicionales se pactan con más libertad.
- El inquilino mantiene su residencia habitual en otro lugar — otro indicio que conviene reflejar (empadronamiento, domicilio fiscal).
Temporada ≠ turístico
El alquiler turístico (días o semanas, comercializado en canales tipo Airbnb) se rige por la normativa autonómica y suele exigir licencia turística. La temporada es de meses, con causa, y sigue dentro de la LAU. Confundirlos puede costar una sanción autonómica.
Errores que lo invalidan
- Encadenar contratos de temporada al mismo inquilino que en realidad vive ahí — fraude de ley.
- No documentar la causa ni la vivienda habitual del inquilino.
- Copiar un modelo de vivienda habitual y cambiar solo el título.
Las cláusulas básicas son las mismas que en cualquier arrendamiento — repásalas en cláusulas del contrato de alquiler — y la fianza tiene sus propias reglas: cuánto se pide y cómo se devuelve.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuánto puede durar un alquiler de temporada?
- No hay mínimo ni máximo legal: dura lo que dure la causa (unos meses, un curso académico…). Lo determinante no es la duración sino que exista una necesidad temporal real y acreditada.
- ¿Qué fianza se pide en un alquiler de temporada?
- Dos mensualidades de renta, frente a una en vivienda habitual (art. 36 LAU). Además se pueden pactar garantías adicionales.
- ¿Necesito licencia turística para alquilar por temporada?
- No. La licencia turística aplica al alquiler vacacional por días o semanas según la normativa de tu comunidad autónoma. El alquiler de temporada con causa acreditada sigue dentro de la LAU.
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